Segunda oportunidad
La Ley de Segunda Oportunidad ya permite la exoneración de deudas públicas
17 Nov. 2021
Grandísima noticia la que tenemos que daros hoy, relacionada con la Ley de la Segunda Oportunidad, a la que muchos españoles ya se han acogido y que les ha dado la posibilidad de renegociar o eliminar parcial o totalmente sus deudas cuando no han podido hacer frente a su pago.
La Ley de la Segunda Oportunidad entró en vigor en España en el año 2015, desde entonces la Unión Europea, siempre defendió que el perdón definitivo de las deudas no pagadas incluyese además de las deudas con acreedores privados, también cualquier tipo de deuda pública, mientras que por otro lado, el Gobierno español, siempre ha estado en contra.
En el 2019 el Tribunal Supremo, se pronunció concluyendo la falta de sentido que tenía exonerar de las deudas privadas pero no de las públicas y añadió además que tanto los intereses, como las sanciones, los recargos y la mitad del principal de los créditos públicos deben ser perdonados en el mismo momento que los privados. Para la otra mitad se propondría un plan de pagos post- concursal y sin intereses adaptado a los ingresos percibidos por el deudor.
Parecía que las cosas iban a cambiar pero en el 2020, el Gobierno lanzó el nuevo Texto Refundido de la Ley Concursal en el que se recogía en su artículo 491 que “ el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho se extenderá a la totalidad de los créditos insatisfechos, exceptuando los créditos de derecho público”, por lo que de nuevo entrábamos en tierras pantanosas y no ha sido muy seguro iniciar procedimientos de exoneración de deudas públicas sin saber qué doctrina se iba a seguir.
Con todo esto, han sido los Juzgados los que se han pronunciado alegando que un Texto Refundido es una aclaración y depuración de una normativa y carece de valor para modificar una ley ( Ley Concursal ) por lo que se han venido aplicando finalmente los criterios establecidos por el TS el 2 de Julio del 2019 y ya son 22 personas de buena fe, en lo que va de año, las exoneradas de deudas pendientes con la Agencia Tributaria o la Tesorería General de la Seguridad Social.
Desde Plataforma Apoteca, abrimos una vía de reclamación gratuita para todas aquellas personas que crean que son candidatos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad.