Los créditos “Revolving” cuentan con una “Guía de Gobernanza y Transparencia” publicada por El Banco de España antes de empezar el año 2025.
Los créditos “Revolving” ya tienen una “Guía de Gobernanza y Transparencia” publicada por el Banco de España que será aplicable desde el 31 de diciembre de 2024. buscan asegurar que los consumidores estén mejor informados y protegidos al contratar créditos revolving. Si has tenido problemas con este tipo de productos, es fundamental que estés al tanto de tus derechos y de las nuevas regulaciones que pueden beneficiarte.
Para elaborar esta guía de gobernanza y transparencia sobre los créditos y tarjetas “revolving” , el Banco de España ha tenido en cuenta las directrices de la Autoridad Bancaria Europea (EBA, siglas en inglés), así como de la Organización Internacional de Protección al Consumidor Financiero (FinCoNet, siglas en inglés).
La propia guía clarifica que estas directrices se aplican a todos los productos “revolving” comercializados con posterioridad a su entrada en vigor, Sin embargo algunos puntos se aplicarán a la cartera de productos “revolving” ya existentes (Aparece en el apartado sobre modificaciones contractuales y sobre información periódica, entre otros).
1. Transparencia y Protección del Cliente: Las entidades deben garantizar que la información sobre los créditos revolving sea clara y accesible, evitando ambigüedades que puedan confundir a los consumidores.
2. Evaluación de la Solvencia: Antes de conceder un crédito, las entidades deben evaluar la capacidad del cliente para cumplir con sus obligaciones, evitando el riesgo de sobreendeudamiento.
3. Asistencia al Cliente: Se espera que las entidades proporcionen asistencia individualizada a los clientes para que puedan entender las características y riesgos del crédito “revolving” antes de firmar un contrato.
4. Publicidad Clara: La publicidad de estos productos debe ser objetiva y no engañosa, destacando tanto los beneficios como los riesgos asociados.
5. Modificaciones Contractuales: Cualquier cambio en las condiciones del crédito debe ser comunicado al cliente con antelación y de manera comprensible.
¿Qué hacer si tienes un crédito o tarjeta Revolving?
Si sientes que has sido víctima de prácticas abusivas relacionadas con créditos o tarjetas “revolving”, no dudes en contactar con Legalcasos para reclamar las tarjetas o préstamos “revolving”. Vamos a ayudarte a evaluar tu situación de manera gratuita. Tomaremos las medidas necesarias para recuperar tu dinero. Sin pagos por adelantado y con la garantía de que trabajamos a éxito. Si no ganamos el caso, no cobramos nada al cliente.
Preguntas frecuentes sobre tarjetas o créditos “Revolving”:
¿Cuál es el problema de las “revolving”? El principal problema que tienen las tarjetas “revolving”, además de su falta de transparencia a la hora de contratarlas, es que suelen aplicar unos intereses muy elevados y complejos a la hora de amortizar la deuda llegando incluso a superar el 25% TAE, lo que según multitud de sentencias implica usura.
Cuándo se considera abusiva una tarjeta “revolving” ? Por ejemplo, si el tipo medio del crédito al consumo en un año determinado es del 10%, cualquier tarjeta “revolving” que aplique un interés superior al 20% podría considerarse abusiva.
¿Qué tipo de interés tienen las tarjetas “revolving”? Las más conocidas como entre un 20% y un 25%.
¿Qué diferencia hay entre una tarjeta de crédito y una “revolving”? En realidad, si usamos la tarjeta de crédito, lo que hacemos es contratar un préstamo temporal con el banco. La tarjeta “revolving” comparte con la tarjeta de crédito su aspecto físico (en forma de plástico) y aspectos legales y contables, pero se diferencia de esta en la forma de devolver el dinero.
¿Cuánto dinero se puede recuperar de una tarjeta “revolving”? Si el juzgado declara que es nula tu tarjeta “revolving”, podrías recuperar el 100% de lo que hayas tenido que pagar en cuestión de intereses, comisiones y seguro durante todo el tiempo que hayas tenido ese contrato.